Normativa legal para ascender un tepui
Según Decreto 276 de fecha 09 de junio
de 1989, el cual se refiere al Reglamento Parcial de la Ley Orgánica para la
Ordenación del Territorio sobre Administración y Manejo de Parques Nacionales y
Monumentos Naturales, en su artículo 3 del Capítulo I “Disposiciones Generales”
dice lo siguiente:
“Las actividades que podrán
desarrollarse dentro de un parque nacional o monumento natural, están sometidas
al régimen de aprobaciones y autorizaciones establecido en la Ley Orgánica para
la Ordenación del Territorio. Dichas aprobaciones o autorizaciones serán
otorgadas por el Instituto Nacional de Parques conforme a lo previsto en este
Reglamento y en los planes de ordenación y reglamento de uso correspondiente.”
Según el marco legal de los Parques Nacionales
y Monumentos Naturales por ser áreas protegidas bajo un régimen especial para
cualquier acceso a estas áreas es necesario un permiso de INPARQUES el cual es
el ente encargado de su administración, sin embargo, el gobierno nacional no
cuenta con la infraestructura adecuada para controlar estas vastas áreas del
territorio, por lo cual en la gran mayoría de los casos estos permisos están a
cargo de las comunidades indígenas que habitan en estas áreas de administración
especial, es bueno resaltar que el permiso de acceso de las comunidades tiene tanto
valor como el que puede generar los organismos que representan al gobierno.
En la mayoría de las expediciones con
fines de exploración y deportivas los permisos de acceso han sido aprobados por
las comunidades indígenas, siendo estas las que no solo dan el permiso sino también
fijan las condiciones que deben cumplir los visitantes durante sus actividades
en la zona.
Todo visitante que visite alguna de
estas zonas de régimen especial de protección donde existan comunidades indígenas
debe tener claro que cualquier actividad que vayan a llevar a cabo debe
desarrollarse bajo un clima de respeto hacia los habitantes locales, las normas
y leyes serán las que ellos como comunidad indígena fijen, las cuales deberán cumplirse.
Cada comunidad indígena tiene una forma muy particular de vivir, con costumbres
propias muy diferentes a las de las grandes ciudades, lo que para ellos y para
cualquier visitante podría ser una gran oportunidad para interactuar con
personas bajo diferentes estilos de vida.
Cada comunidad indígena tiene un líder,
el cual tiene la responsabilidad de representar a su comunidad, llamado también
“Capitán” o “Cacique”.
Todas las comunidades indígenas a
pesar de sus caristias y de los controles sociales que le han aplicado se merecen
un gran respeto, ya que por mucho tiempo han sido y serán los guardianes de
nuestros bosques más prístinos y de las montañas más antiguas del planeta.
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